Precios de Transferencia

Operaciones con partes relacionadas debidamente soportadas, con la documentación que exige la LISR cuando su empresa rebasa los umbrales de ingresos.

Grupo Fiscal Contable · Corredor industrial CDMX–Pachuca

Qué incluye

Para quién es

Personas físicas con actividad empresarial e ingresos superiores a 13 millones de pesos, o con ingresos por servicios profesionales superiores a 3 millones, y personas morales que tienen operaciones con partes relacionadas —nacionales o del extranjero, incluida la casa matriz.

Preguntas frecuentes

Conforme al artículo 76, fracción IX, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, deben obtener y conservar esta documentación quienes realizan actividades empresariales con ingresos acumulables superiores a 13 millones de pesos en el ejercicio inmediato anterior, y quienes prestan servicios profesionales con ingresos superiores a 3 millones de pesos, siempre que tengan operaciones con partes relacionadas.

El nombre, domicilio y residencia fiscal de las partes relacionadas y la documentación que acredite la participación directa e indirecta entre ellas; información sobre las funciones, activos y riesgos de cada tipo de operación; y la información de las operaciones con partes relacionadas y sus montos, por cada parte relacionada y cada tipo de operación.

Para profundizar

Fuentes

  • Ley del Impuesto sobre la Renta, artículo 76, fracción IX (documentación de partes relacionadas). diputados.gob.mx

¿Tiene operaciones con partes relacionadas?

Revisamos si está dentro de los umbrales que obligan a tener documentación de precios de transferencia.