Seguridad Social: IMSS e INFONAVIT

Administración completa de sus obligaciones como patrón: cuotas, movimientos de personal, prima de riesgo y el dictamen cuando corresponde, con los plazos del IMSS y del INFONAVIT bajo control.

Grupo Fiscal Contable · Corredor industrial CDMX–Pachuca

Qué incluye

Para quién es

Cualquier empresa con trabajadores registrados ante el IMSS, sin importar el tamaño: las cuotas mensuales y los movimientos afiliatorios aplican desde el primer empleado. El dictamen es obligatorio solo a partir de los 300 trabajadores.

Preguntas frecuentes

El patrón debe presentar las cédulas de determinación de cuotas del mes de que se trate y pagarlas a más tardar el día 17 del mes inmediato siguiente, conforme al artículo 39 de la Ley del Seguro Social.

Las empresas deben revisar anualmente su siniestralidad conforme al artículo 74 de la Ley del Seguro Social. La Determinación de la Prima se presenta en febrero y la prima resultante rige del 1 de marzo al último día de febrero del año siguiente.

Los patrones con un promedio anual de 300 o más trabajadores en el ejercicio fiscal inmediato anterior están obligados a dictaminar el cumplimiento de sus obligaciones ante el IMSS por contador público autorizado, conforme al artículo 16 de la Ley del Seguro Social. Con menos trabajadores, dictaminarse es opcional.

No. El dictamen INFONAVIT es voluntario y sirve para verificar el pago de las obligaciones patronales. Los patrones que se dictaminan no son sujetos de visitas domiciliarias por los ejercicios dictaminados y los anteriores.

Para profundizar

Fuentes

¿Sus cuotas y movimientos IMSS están al día?

Revisamos su situación patronal y le decimos si le conviene dictaminarse de forma voluntaria.